Impugnación del recurso de casación, LJS arts. 206 y ss.

Formularios LaboralesRecursos. Arts. 184 a 234 LJS (2012)

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Resumen


Impugnación del recurso de casación, Ley de la Jurisdicción Social arts. 206 y ss., 212.1 y 2.

Art. 206. Resoluciones procesales recurribles en casación.

Son recurribles en casación:

1. Son recurribles en casación las sentencias dictadas en única instancia por las Salas a las que se refiere el apartado 1 del artículo anterior, excepto las sentencias dictadas en procesos de impugnación de actos de las Administraciones públicas atribuidos al orden social en las letras n) y s) del artículo 2 que sean susceptibles de valoración económica cuando la cuantía litigiosa no exceda de ciento cincuenta mil euros.

2. Los autos que resuelvan el recurso de reposición interpuesto contra la resolución en que la Sala, antes del acto de juicio, declare la falta de jurisdicción o competencia.

3. Los autos dictados por dichas Salas que resuelvan el recurso de reposición, o de revisión, en su caso, interpuesto contra la resolución que disponga la terminación anticipada del proceso:

a. Por satisfacción extraprocesal o pérdida sobrevenida de objeto.

b. Por falta de subsanación de los defectos advertidos en la demanda no imputable a la parte o a su representación procesal o por incomparecencia injustificada a los actos de conciliación y juicio, siempre que por caducidad de la acción o de la instancia u otra causa legal no fuera jurídicamente posible su reproducción ulterior.

Art. 207. El recurso de casación habrá de fundarse en alguno de los siguientes motivos …

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Extracto


Impugnación del recurso de casación, LJS arts. 206 y ss.

Impugnación del recurso de casación, Ley de la Jurisdicción Social arts. 206 y ss., 212.1 y 2.

Art. 206. Resoluciones procesales recurribles en casación.

Son recurribles en casación:

1. Son recurribles en casación las sentencias dictadas en única ...

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