Impuesto de sucesiones en Navarra.

Derecho de Sucesiones (2008)

Manuel Faus - Notario
Seccion: Herencia en Derecho de Navarra
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Id. vLex: VLEX-280372

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Resumen:

Indicación de la tarifa y las deducciones fiscales a tener en cuenta en las herencias de Navarra.

Citas:

Voces:

Derecho tributario
      Tributos
           Impuestos
                Impuestos generales
                     Impuesto sobre sucesiones y donaciones
                          Navarra
Sucesorio
      Sucesión
Derecho tributario Derecho tributario
      Tributos
           Impuestos
Tributario
      Impuestos , Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Extracto:

Impuesto de sucesiones en Navarra.

Navarra tiene una normativa fiscal propia.

I.- NORMA FORAL 250/2002, aplicable a las sucesiones causadas hasta 31-12-2008, inclusive:

Conviene una mención al Decreto Foral 250/2002 y Decreto Foral de Navarra 16/2004.

Hecho imponible. Según el art. 8 de la Ley foral 250/2002,  Constituye el hecho imponible del Impuesto: La adquisición mortis causa de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio, aun cuando no se hubieren formalizado los inventarios o particiones. La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos. La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguro sobre la vida para caso de muerte del asegurado, siempre que el contratante sea persona distinta del beneficiario y haya sido contratado por el asegurado ...



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BOE. Boletín Oficial del Estado, 04 de Febrero 1993 núm. 0030

LEY FORAL 13/1992, de 19 de Noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

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