Escritura de hipoteca mobiliaria de maquinaria a favor de Estado

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aFebrero 2024



Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de escritura
  • 3 Comentario
    • 3.1 Nota común a las hipotecas mobiliarias
    • 3.2 Hipoteca a favor del Estado
    • 3.3 Normas generales sobre la hipoteca de maquinaria
  • 4 Doctrina Administrativa citada
  • 5 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo de escritura

NÚMERO

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *.

COMPARECEN:

Don *, mayor de edad, * vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF vigente, número *.

De nacionalidad y residencia española; me acredita ser de vecindad civil * (En su caso, expresa la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

Interviene en nombre y representación de la compañía mercantil...

Le identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por su expresado Documento Nacional de Identidad, cuyo número coincide con el de Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: Opciones)

  • A mi juicio tiene legitimación y ejerce su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de HIPOTECA MOBILIARIA y EXPONE:
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de HIPOTECA MOBILIARIA y EXPONE:
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de HIPOTECA MOBILIARIA y EXPONE:

I.- Que por acuerdo de fecha *, dictado por el Administrador de la Delegación de * de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda, se concedió a la compañía mercantil * , aplazamiento de pago por los conceptos, importes y vencimientos que se expone a continuación:

(ejemplo: SUBX 0001. NÚM. LIQUIDACIÓN A . CONCEPTO I.V.A. RÉGIMEN ....

IMPORTE PLAZO . VENCIMIENTO .

IMPORTE PLAZO . VENCIMIENTO .

IMPORTE PLAZO . VENCIMIENTO .

IMPORTE PLAZO . VENCIMIENTO .

Al propio tiempo, se han practicado las correspondientes liquidaciones de intereses de demora, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación y que a continuación, asimismo se indican:

SUBS 0001. DIAS . IMPORTE . %INT. INTERESES . RECARGO 0 IMPORTE PLAZO . VENCIMIENTO .

SUBS 0001. DIAS . IMPORTE . %INT. INTERESES RECARGO 0 IMPORTE PLAZO VENCIMIENTO ....

TOTALES: IMPORTE * . INTERESES *. RECARGO *. IMPORTE PLAZO * .)

La notificación de la citada resolución se recibió por el deudor el día de * .

II.- Que el beneficio del pago aplazado/fraccionado de las expresadas cantidades se supeditó a la constitución por parte de la sociedad deudora de hipoteca mobiliaria unilateral a favor del Estado, bajo el principio de que la falta de pago de un plazo determinaría los efectos previstos en el Reglamento General de Recaudación.

III.- Que conforme a lo establecido en el acuerdo indicado en el antecedente I que preceden, dictado por la Delegación de * de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda, y para asegurar el cumplimiento de la obligación de pago de la deuda aplazada/fraccionada y de los intereses de demora devengados según liquidaciones practicadas, el señor compareciente, en la calidad que actúa, OTORGA:

PRIMERO: Para asegurar el cumplimiento de la obligación de pago de la deuda por los conceptos expresados, por importe principal de * EUROS, así como para asegurar el pago de los intereses de demora liquidados y que en conjunto ascienden a * pesetas, siendo la suma de ambas cantidades * así como para cubrir el 25% de la suma de ambas partidas, que asciende al importe total de * pesetas y, por tanto, por la cifra total de * EUROS, conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, Don * en la representación que ostenta, constituye HIPOTECA MOBILIARIA UNILATERAL a favor del Estado sobre la siguiente maquinaria:

(Atención: la Ley exige una descripción rigurosa de la maquinaria de forma que se exprese: «Reseña de las máquinas, instrumentos o utensilios, con expresión de sus características de fábrica, número, tipo y cuantas peculiaridades contribuyan a su identificación» (artículo 43 de la Ley), a las que el artículo 16.6º del Reglamento del Registro añade el sistema de propulsión, el tipo o modelo si estuviera designado con algún nombre especial y la serie).

Valor: * Euros.

Se une el pertinente certificado de tasación realizada conforme a la normativa hoy vigente.

El compareciente declara que los bienes descritos pertenecen a la sociedad aquí representada por justos y legítimos títulos, teniendo su precio completamente pagado y manifestando y acreditando que sobre la misma no pesa traba, embargo, hipoteca ni anotación judicial de clase alguna. Dicha maquinaria está en buen estado de conservación, estando destinados a * la explotación de la industria misma y e instalada en un local de * (DESCRIPCIÓN DEL LOCAL CON DATOS REGISTRALES).

Que dichos bienes fueron inscritos en el Censo Industrial con el núm. * , en fecha * , Expediente *

El bien descrito de número 1 responderá de un *% de la total responsabilidad que garantizan los bienes hipotecados (principal, intereses de demora y 25% de la suma de ambas partidas).

El bien descrito de número 2 responderá de un *% de la total responsabilidad que garantizan los bienes hipotecados (principal, intereses de demora y 25% de la suma de ambas partidas).

SEGUNDO: Podrá ser ejecutada la hipoteca cuando se acredite fehacientemente la falta de pago a su vencimiento del plazo o plazos indicados en el antecedente I, y en los términos previstos en el Reglamento General de Recaudación.

La falta de pago quedará justificada por la certificación de descubierto del débito no ingresado.

TERCERO: La hipoteca constituida quedará automáticamente extinguida y será cancelada a petición de la deudora cuando ésta acredite haber cumplido debidamente la obligación asegurada, o sea, el total pago de la deuda y sus intereses, en los plazos y cuantías que resulten de los acuerdos dictados, que al efecto me entregan e incorporo a esta matriz.

A tal fin será suficiente para conseguir la cancelación de la hipoteca oficio del Sr. Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en * consintiendo la misma, de acuerdo con la normativa Hipotecaria.

CUARTO: En el caso de incumplimiento por parte del deudor, la ejecución de la hipoteca se llevará a cabo por los órganos de Recaudación a través del procedimiento administrativo de apremio, de acuerdo con el artículo 74 del Reglamento General de Recaudación.

A efectos de la subasta, se tasa el bien nº 1 en * Euros; el nº 2 en * euros; y se señala como domicilio el de la sociedad hipotecante, *, confiriéndose al hipotecante, si así lo solicita expresamente, la administración de los bienes hipotecados con arreglo a lo que establece la Ley, y designándose mandatario al acreedor, a los efectos prevenidos en el Art. 86.1 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento.

QUINTO: El derecho real constituido se extenderá, conforme el artículo 5 de la Ley Hipotecaria Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento, a toda clase de indemnizaciones que correspondan al hipotecante, concedidas o debidas por razón de los bienes hipotecados, si el siniestro o hecho que los motiva acaeciere después de la constitución de la hipoteca.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria queda facultada para dar por vencida la obligación en caso de falta de pago de la prima de seguro cuando éste procediese, sin perjuicio de que pueda optar por el abono de su importe conforme establece el artículo 6 de la citada Ley.

SEXTO: La entidad deudora se obliga:

a). A conservar el bien reseñado con todo esmero y a tenerlo a disposición del acreedor, para que éste pueda en todo momento inspeccionarlo o comprobar la existencia y el estado del mismo.

b). A no trasladar el bien hipotecado a otro lugar distinto de donde se encuentran sin mediar autorización del acreedor.

c). A comunicar al acreedor cualquier hecho que implique perjuicios para el bien hipotecado.

SÉPTIMO: Con arreglo a lo previsto en el artículo 141 de la Ley Hipotecaria, supletoria de la Ley de Hipoteca Mobiliaria, y artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, la aceptación por parte del Estado de la hipoteca aquí constituida se hará constar en el Registro por nota marginal en virtud de oficio del Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en *, cuyos efectos se retrotraerán a la fecha de la constitución de la misma. Si no constare tal aceptación después de transcurridos dos meses a contar desde el requerimiento que a dicho efecto se haya realizado, podrá cancelarse tal hipoteca a petición del hipotecante o pignorante, sin necesidad del consentimiento del Estado.

COMUNICACIÓN AL REGISTRO DE BIENES MUEBLES:

Posibilidad 1.- Por expresa indicación de los interesados, procederé a la presentación telemática de esta escritura en el Registro correspondiente. (Indicad si el presentante es el Notario, el interesado o un gestor, etc.).

Posibilidad 2.- Por expresa indicación de los interesados, previas las oportunas advertencias al respecto, procederé a la presentación telemática de esta escritura en el Registro correspondiente, pero remitiré, por telefax, comunicación sellada y suscrita de haber autorizado esta escritura, de acuerdo con lo que dispone el artículo 249. num. 3 del Reglamento Notarial.

OBSERVACIÓN FISCAL.- Se solicita la EXENCIÓN por tratarse de una hipoteca a favor del Estado.

MANIFESTACIÓN NOTARIAL SOBRE EL TITULAR REAL (Cuando interviene persona jurídica):

Opción 1.- Sin resultado:

Conforme a lo dispuesto en Ley 10/2010, de 28 de abril, he consultado, yo, el Notario, la Base de Datos de Titular Real, no habiéndose obtenido resultado alguno, habiéndose otorgado ante mí...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR