Resumen
El trámite es el prevenido en el Art. 320 a 324 del RRC ;un expediente que se iniciará de oficio por el RC Principal que tenga conocimiento por cualquier medio (Por una mera comunicación de cualquier persona con interés legítimo, previa comprobación de tal circunstancia) de que existe ese problema en sus libros o en cualquiera de los asientos existentes en los mismos. Este RC deberá dictar el Auto acordando lo que se desprenda de la instrucción que realice del expediente Ej. Reinscribir, traslado, ect.
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Extracto
C911. Inicio de expediente gubernativo de Reconstitución de inscripciones destruidas
C911. Inicio de expediente gubernativo de Reconstitución de inscripciones destruidas
(EXPEDIENTE GUBERNATIVO DE REINSCRIPCION EN UN REGISTRO CIVIL se trata de escrito de expediente gubernativo para reinscribir acta de nacimiento ya que los archivos del registro civil fueron destruidos por un incendio, y no expiden certificados de nacimiento necesaria para dni El trámite es el prevenido en el Art. 320 a 324 del RRC ;un expediente que se iniciará de oficio por el RC ...Ver el contenido completo de este documento

