Resumen
El presente contrato se podrá concertar entre el 17 de mayo de 1997 y el 16 de mayo de 2001. Indemnización reducida:en caso de que el presente contrato se extinga por causas objetivas, la indemnización correspondiente al trabajador será de 33 días de salario por años de servicio.
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Extracto
Contrato de trabajo indefinido para el fomento de la contratación indefinida de la Ley 63/1997 sin bonificación para parados de larga duración.
Marco normativo: Viene regulado en la Ley 63/1997 Disposición Adicional 1º
Desde el pasado 17-5-1997 y hasta 17-5-2001 , podrá concertarse un contrato de Trabajo de duración Indefinida cuyo régimen jurídico se rige con carácter general por la Ley y los Convenios...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- LEY 63/1997, de 26 de Diciembre, de Medidas urgentes para la Mejora del Mercado de Trabajo y el Fomento de la Contratacion indefinida. de 26 de Diciembre, de Medidas urgentes para la Mejora del Mercado de Trabajo y el Fomento de la Contratacion indefinida.
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 14
- Ley 51/1980, de 8 de octubre, Básica de Empleo. de 8 de octubre, Básica de Empleo. - Artículo 42
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