Resumen
Tan solo mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal podrá ejercerse la acción penal. Cuando el delito afecta a intereses generales o a una pluralidad de personas desaparece la necesidad la condición objetiva de perseguibilidad.
- Artículos 259 a 269 LECr. - Artículos 24.1 y 118 CE.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Denuncia por delito semi-público
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
DON ______, mayor de edad, con domicilio en la Ciudad de ______ calle ______ nº ______ titular del Docume...Ver el contenido completo de este documento
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Afectaciones
CITA
- Constitución Española de 1978. - Artículos : 24.1
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos : 269
Documentos citados
- Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículo 295
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 259
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