Escrito al Juzgado de Cancelación de ANOTACIÓN DE EMBARGO en el Registro de la Propiedad

Los procedimientos civilesOposición a la ejecución (2011)

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Resumen


Artículo 207. RH La cancelación se practicará mediante la presentación del testimonio de la resolución judicial firme o mandamiento donde se ordene la cancelación, escritura pública o documento en que se acredite el hecho determinante de aquélla o, en su caso, solicitud de los interesados.

DIGO

1º. En fecha * , mi representado pagó al ejecutante Don * la cantidad reclamada, lo que probamos mediante * (documento que acredite el hecho determinante de haber desaparecido la necesidad del embargo, al haber sido finalmente pagada la deuda), DOC. Nº 1.

2º. En consecuencia han finalizado las causas que motivaron el embargo, y por tanto debe procederse a su cancelación, conforme al art. 207.1 del Reglamento hipotecario.

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Extracto


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