Resumen
Modelo de Escritura de división de Finca Rústica. Unidades mínimas de cultivo. Legislación autonómica. Reglas para su inscripción.
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Extracto
División de Finca rústica
NUMERO
En *, a *. ANTE MI, * Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *. COMPARECE: Don *, mayor de edad, *, vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *. Interviene en su propio nombre y derecho. De nacionalidad y residencia española; de vecindad civil * (En su caso, expresa la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.). Le identifico por su documento de identidad, cuyo número coincide con el de Identificación Fiscal; tiene, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta escritura de DIVISION y EXPONE: I.- Don... es/son propietario/s de la siguiente finca Rústica: *. Inscrita al tomo *, libro *, folio *, finca *, inscripción *. TÍTULO: * . REFERENCIA CATASTRAL: OPCIONES: 1ª.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática: La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con el artículo 6.6 de la resolución de 28 de abril de 2003 de la DG del Catastro) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz. Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial. 2ª.- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral: La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habilitados y de conformidad con el artículo 6.6. de la resolución de 28 de abril de 2.003 de la D.G. del Catastro) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz. Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial. 3a.- No se aporta referencia concreta (ninguna o sólo la de la finca matriz, aunque conste ésta) y no se ha obtenido por el notario en forma telemática. Subopción a): No tiene todavía referencia catastral concreta. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas. Subopción b): No me ha sido aportada la referencia catastral concreta, y tampoco la he obtenido yo, el Notario en forma telemática. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas. (En ambos casos:) Yo, el Notario, procederé a indicar en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial la no constancia en el título de la Referencia catastral .) 4ª.- En Navarra: LEY FORAL 12/2006, de 21 de noviembre exige al notario que incorpore la cédula parcelaria.= COINCIDENCIA DE LA DESCRIPCION CATASTRAL Y LA REALIDAD FISICA: Se ha manifestado por la parte otorgante, previa mi expresa solicitud, la coincidencia entre la realidad física y la que consta en la certificación catastral indicada y manifestando su conformidad con la nueva descripción de la finca realizada conforme a los dato...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978. - Artículo 149
- Código Civil.
- Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954
- Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. - Artículo 16
- Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios. (Reglamento Notarial). - Artículos 249 , 285
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