L620A.- Designación de trabajadores para servicios mínimos en caso de huelga.




Resumen


La determinación de los servicios mínimos en los servicios esenciales corresponde a la Autoridad gubernativa correspondiente (Estado, Comunidades Autónomas…).

La designación de los trabajadores llamados a cubrir los servicios mínimos debe realizarse considerando que:

- En huelgas minoritarias o parciales se debe llamar preferentemente a los no huelguistas.

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Extracto


L620A.- Designación de trabajadores para servicios mínimos en caso de huelga.

L620A.- Designación de trabajadores para servicios mínimos en caso de huelga.

(Petición de Servicios Mínimos de Huelga

Designación de trabajadores para servici...

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