Denuncia de extravío de una letra de cambio.

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Resumen


En los casos de extravío, sustracción o destrucción de una letra de cambio, el tenedor desposeído de la misma podrá acudir ante el Juez para impedir que se pague a tercera persona, para que aquella sea amortizada y para que se reconozca su titularidad.

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Extracto


Denuncia de extravío de una letra de cambio.

DENUNCIA DE EXTRAVÍO DE UNA LETRA DE CAMBIO

Regulación sustantiva: Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, en cuanto al

procedimientos siguen vigentes los arts. 1811 a 1824 del libro III de la LEC de 1881, sobre Jurisdicción Voluntaria (apartado 1.2ª de la Disposición derogatoria única, de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 292 LEC. Obligatoriedad de comparecer a la audiencia. Multas. (Apartados 1 y 2 de la Ley 13/2009)

1. Los testigos y los peritos citados tendrán el deber de comparecer en el juicio o vista que finalmente se hubiese señalado. La infracción de este deber se sancionará por el Tribunal, previa audiencia por cinco días, con multa de ciento ochenta a seiscientos euros.

2. Al tiempo de imponer...

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