Demanda de juicio ordinario de rescisión por lesión ultra dimidium
Autor | vLex |
Actualizado a | Septiembre 2022 |
D…. Procurador de los Tribunales en nombre y representación de D…, conforme al poder para pleitos que se acompaña, bajo la dirección letrada de D……, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que en nombre de mi mandante formulo ACCIÓN DE RESCISIÓN POR LESIÓN ULTRA DIMIDIUM contra D…., titular del DNI…., con domicilio en….., en base a los siguientes
PRIMERO.- En fecha ….. mi mandante, D…., junto con la parte demandada, D….., suscriben y firman el contrato de compraventa que se acompaña como documento nº 1, por el que D…. vende a D…. a cambio del precio de….. , la finca sita en……, dirección……, con una superfície de…., inscrita en el Registro de la Propiedad de…., al tomo….., libro….de…., folio…., finca…., inscripción……. [El bien inmueble debe situarse en Cataluña].
SEGUNDO.- Seguidamente, en fecha…., D…, junto con la parte demandada, elevan dicho contrato de compraventa a escritura pública delante del notario D……… En el mismo acto, D... entrega las llaves a D…., mientras que D…. realiza el pago de la cantidad convenida mediante…… Se acompaña la escritura pública como documento núm. 2.
TERCERO.- Analizados todos los documentos y gestiones relativas a la referida compraventa, mi mandante decide interponer demanda contra D….., por considerar que concurren los requisitos para solicitar la rescisión por lesión ultra dimidium prevista en el artículo 621-46.1 y siguientes de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos.
[Establecer los hechos concretos al caso]
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,
PRIMERO.- CAPACIDAD DE LAS PARTES: La ostentan tanto la demandante como la demandada en virtud de lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
SEGUNDO.- LEGITIMACIÓN. Esta parte está legitimada activamente y la parte demandada está legitimada pasivamente de acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
TERCERO.-COMPETENCIA OBJETIVA: Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia conocer de todos los asuntos civiles que por ley no se hallen atribuidos a otros juzgados o tribunales, conforme lo establecido en los artículos 85 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
CUARTO.- COMPETENCIA TERRITORIAL: Corresponde al Juzgado de Primera Instancia que...
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