Resumen
C9901. Contrato de alimentos a favor de tercero
El denominado contrato de alimentos es una novedad introducida en el C.c. por la ley 41/2003 de 18 de Noviembre de protección patrimonial de las personas discapacitadas, de modificación del C.c., y de la L.E.Cv. disciplina un negocio jurídico que, aunque no estaba reconocido legalmente, tenía una gran difusión en la práctica, de modo que, una vez más, la actividad notarial, "fuente más fecunda de la jurisprudencia cautelar", había recogido y aplicado soluciones a necesidades sentidas y que ahora encuentran una normativa positiva. El concepto del contrato de alimentos está recogido en la definición del art. 1.791 C.c., a cuyo tenor "por el contrato de alimentos una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutención, y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida a cambio de la transmisión de un capital en cualquier clase de bienes y derechos".Ver el contenido completo de este documento
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C9901. Contrato de alimentos a favor de tercero
CYE9901. Contrato de alimentos a favor de tercero
El denominado contrato de alimentos es una novedad introducida en el C.c. por la ley 41/2003 de 18 de Noviembre de protección patrimonial de las personas discapacitadas, de modificación del C.c., y de la L.E.Cv. disciplina un negocio jurídico que, aunque no estaba reconocido legalmente, tenía una gran difusión en la práctica, de modo que, una vez más, la actividad notarial, "fuente más fecunda de la jurisprudencia cautelar", había recogido y aplicado soluciones a necesidades sentidas y que ahora encuentran una normativa positiva. El concepto del contrato de alimentos está recogido en la definición del art. 1.791 C.c., a cuyo tenor "por el contrato de alimentos una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutención, y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida a cambio de la transmisión de un capital en cualquier clase de bienes y derechos". Duración. Hay dudas de si puede constituirse este contrato con una duración limitada y, en segund...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Código Civil. - Artículos 142 , 143 , 146 , 153 , 1137 , 1255 , 1257 , 1282 , 1791 , 1793 , 1795 , 1796
- LEY 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad. de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad.
- Constitución Española de 1978.
- Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 157
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