CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SUPERFICIE.-

Derecho Inmobiliario y Registral (2008)

Manuel Faus - Notario
Seccion: Superficie, constitución del derecho de

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Resumen


Modelo de constitución de una derecho de superficie entre personas físicas o jurídicas privadas. Varias opciones. Normas en Cataluña y Navarra.

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Extracto


CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SUPERFICIE.-

NUMERO *.

En *, a *.

ANTE MI, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *.

COMPARECEN:

De una parte:

Los cónyuges en régimen de separación de bienes (o sujetos a gananciales, etc.), Don * y Doña * (estado civil y profesión o actividad), mayores de edad, vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF números * y *.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Y de otra parte,

DON *, mayor de edad, * (estado civil y profesión o actividad), vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *.

De nacionalidad y residencia española.

Todos de vecindad civil * (En su caso, expresa la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

Interviene en nombre y representación de la Sociedad *....

Les identifico por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con los de Identificación Fiscal; tienen, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta escritura y EXPONEN:

I.- Don ** y Doña ** son propietarios, por iguales partes indivisas, (o bienes gananciales) de la siguiente finca:

URBANA.- *.

Inscrita al tomo *, libro * de *, folio *, finca *, inscripción *.

TÍTULO: *.

REFERENCIA CATASTRAL:

OPCIONES:

1ª.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática:

La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con el artículo 6.6 de la resolución de 28 de abril de 2003 de la DG del Catastro) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz. Al haberse cumplido la obligación ordenada por la Ley 62/2.003 de 30 de diciembre, les advierto que no es necesario hacer declaración de alteración de titularidad ante el Catastro.

2ª.- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral:

La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habilitados...

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