Resumen
En nuestro ordenamiento jurídico, la compraventa de una vivienda que aún no se haya construido está contemplada como cv de cosa futura y regulada por la normativa que afecta a los inmuebles en fase de construcción o cuya edificación todavía no ha sido iniciada.
De hecho, en muchas ocasiones, el comprador adquiere a un promotor una vivienda que sólo existe proyectada sobre un plano.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Compraventa de vivienda sobre plano entre promotor y comprador.
Compraventa de vivienda sobre plano entre promotor y comprador
Regulación.- Es frecuente que, previamente a la redacción de la escritura pública, se firme un contrato privado entre el vendedor y el promotor. Dentro de nuestro ordenamiento jurídico, la compraventa de una vivienda que aún no se haya construido está contemplada como cv de cosa futura y regulada por la normativa que afecta a los inmuebles en fase de construcción o cuya edificación todavía no ha sido iniciada. De hecho, en muchas ocasiones, el comprador adqu...Ver el contenido completo de este documento
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