Certificación de Fusión por Absorción de un SA que absorbe a otra SA. Juntas Generales Convocadas

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aFebrero 2024



Contenido
  • 1 Supuesto del formulario
  • 2 Normativa
  • 3 Modelo de certificaciones
    • 3.1 CERTIFICACIÓN (en extracto) de la sociedad absorbente (ALFA S.A.)
    • 3.2 CERTIFICACIÓN (en extracto) de la sociedad absorbida (BETA S.A.)
  • 4 Comentario
    • 4.1 Normas
    • 4.2 Efectos de toda fusión o escisión en el caso de fincas que se transmiten a la sociedad beneficiaria
      • 4.2.1 Legislación estatal
      • 4.2.2 Legislación catalana para los arrendamientos rústicos
      • 4.2.3 Norma en Galicia en los arrendamientos rústicos
    • 4.3 Normas especiales sobre fincas
    • 4.4 Beneficios fiscales de la fusión
    • 4.5 Fecha a efectos contables
    • 4.6 ADVERTENCIA
    • 4.7 Reglas generales para toda Certificación
  • 5 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 6 Legislación citada
Supuesto del formulario

Escritura de fusión por absorción. Se celebra Junta Convocada de una sociedad que llamaremos ALFA SA que decide absorber una sociedad también anónima que llamaremos BETA SA.

Puede verse, para asegurarse del cumplimiento de todos los requisitos legales, el tema: «Reglas generales de la fusión o escisión de sociedades»


Normativa

Las llamadas modificaciones estructurales, (expresión utilizada por la doctrina y consagrada por la Dirección General de los Registros y del Notariado y después por la derogada Ley 3/2009, de 3 de abril que se titulaba expresamente sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles) se halla la figura jurídica de la fusión de sociedades.

A partir del 29 de julio de 2023 rige el libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles – y otras normas - aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles cuyos proyectos no hubieren sido aún aprobados por las sociedades implicadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real decreto-ley.

La Ley de Sociedades de Capital (LSC) no regula esta materia, aunque en el art. 160 - después de la modificación dada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y otras normas - entre las materias objeto de la Junta cita: g) La transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo.

Un principio aceptado por la legislación de la Unión Europea es garantizar la libertad para llevar a cabo modificaciones estructurales transfronterizas y para cambiar la ley aplicable a la sociedad mediante una transformación, o para realizar fusiones o escisiones transfronterizas. A partir de aquí, cualquier obstáculo a esta libertad debe estar sometido al " principio de proporcionalidad" tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia; puede verse la AJMer nº 2, 28 de julio de 2020, de Madrid. [j 1]

En el caso de intervenir una sociedad anónima véase Requisitos de fusión cuando alguna de las sociedades que intervienen es S.A.

Atención: Si alguna Junta se celebra por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple debe tenerse en cuenta el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo que añade un apartado 4 en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. Puede verse el modelo de junta universal en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA UNIVERSAL. y si es convocada en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA EXTRAORDINARIA. CONVOCADA y en ambas como la opción 2.

Modelo de certificaciones CERTIFICACIÓN (en extracto) de la sociedad absorbente (ALFA S.A.)

D.- * en calidad de Administrador Único (u otras posibilidades) de la sociedad ALFA SA, con relación a la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de fecha *,

CERTIFICO:

I.- Que en el libro de Actas de la Sociedad figura la correspondiente a la Junta General celebrada el día *, en la que los asuntos sometidos a la Junta fueron votados separadamente conforme al art. 197 bis de la Ley de Sociedades de Capital y de la que resulta lo siguiente:

A.- La Junta se celebró en el domicilio social, en primera convocatoria y en el día y hora en ella señalados (o en segunda convocatoria, por no haber habido quórum suficiente en la primera).

B.- La convocatoria, previa la información a que se refiere el art. 39 de la Ley de modificaciones estructurales, se publicó: el día * en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el Diario * el día * (Atención al sistema concreto previsto en los estatutos, aplicando el art. 173 de la Ley de sociedades de capital teniendo en cuenta, en su caso, la redacción de dicho art. 173 dada por la Ley 1/2012, de 22 de junio, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.

(En caso de publicación en la web se dirá: La convocatoria se publicó el día * en la página web de la sociedad y dicho anuncio ha continuado publicado en la web de la sociedad desde la fecha de aquella hasta el día de celebración de la Junta).

C.- El texto de la convocatoria fue el siguiente:

(Ejemplo: JUNTA EXTRAORDINARIA: Se convoca a los accionistas de la Sociedad * S.A. a la Junta General Extraordinaria a celebrar en el domicilio social el día *, a las * horas y en primera convocatoria y, en su caso, al siguiente día y a la misma hora en segunda convocatoria. El orden del día es el siguiente: 1. Fusión por absorción, siendo absorbente esta Sociedad ALFA S.A. y absorbida la Sociedad BETA S.A. 2.- Ampliación de capital y canje. 3.- Modificación de estatutos. 4.- Delegación de facultades. Los socios y los representantes de los trabajadores (y en su caso los obligacionistas y titulares de derecho especiales) tienen derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de lo dispuesto en el art. 39 de la Ley de Sociedades de Capital y de pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos. Firmado: ).

(A contar del 2 de octubre de 2011, y para toda sociedad de capital, la nueva redacción del art. 174 de la Ley dice que la convocatoria expresará «el cargo de la persona o personas que realicen la convocatoria»).

D.- Actuaron como Presidente y Secretario, respectivamente, DON * y Don *, elegidos por unanimidad entre todos los socios asistentes (en caso de Consejo de ADMINISTRACIÓN, salvo otra disposición de los estatutos, se dirá: actuaron de Presidente Don * y de Secretario Don *, que, a su vez, lo son del Consejo de administración).

E.- El Orden del día fue el que consta en el texto de la convocatoria.

F.- Se confeccionó la pertinente lista de asistentes en la misma Acta (o en anejo firmado por el Presidente y el Secretario de la Junta, o mediante fichero o soporte magnético cumpliendo la normativa del art. 98 del Reglamento), resultando la concurrencia siguiente: ...(número de socios concurrentes con derecho a voto, indicando cuántos lo hacen personalmente y cuántos asisten por representación, así como el porcentaje de capital social que unos y otros representan).

G.- El Acta fue aprobada a continuación de su celebración y firmada por el Presidente y el Secretario (o en el plazo de quince días por el Presidente y los dos interventores nombrados uno en representación de la mayoría y otro por la minoría) cumpliéndose todos los requisitos de los artículos 97 y 98 del Reglamento del Registro Mercantil.

H.- Información previa a los acuerdos.

El Presidente de la Junta informa a la Junta:

1.- El órgano de administración de esta sociedad elaboró el pertinente proyecto de fusión con el contenido a que se refiere, para toda modificación estructural, los artículos 4 y 5 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio y el especial del art. 40 de dicho Real Decreto.

2.- Asimismo, el órgano de administración elaboró el oportuno informe para los socios y los trabajadores. (Atención al comentario de la escritura a la que nos remitimos.)

3.- Informe del experto: se redactó el pertinente informe por el experto designado por el registrador mercantil a instancia el órgano de administración y ha estado a disposición de los socios más de un mes antes de esta junta general y está vigente. (También tener en cuenta el comentario de la escritura a la que nos remitimos.)

4.- Más de un mes antes de la fecha de la Junta se insertaron en la página web de la sociedad (o en el Registro Mercantil, si no la hay) los documentos que en general menciona el art. 7 del Real Decreto-ley 5/2023. (si no hay página web se dirá: Más de un mes antes de la fecha de la Junta se depositaron en el Registro Mercantil los documentos que en general menciona el art. 7 del Real Decreto-ley 5/2023).

(Atención: no se necesita inserción o depósito si el acuerdo es adoptado en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho.)

5.- Que ha estado a disposición de los socios y de los representantes de los trabajadores, (o los mismos trabajadores) la pertinente documentación. (Atención a las excepciones de su exigencia, según el art. 5 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio).

En relación a ello y en concreto:

Se ha cumplido por el órgano de administración:

1.- La obligación de poner a disposición de los socios, de los representantes de los trabajadores (o cuando estos no existan de los propios trabajadores) y de los acreedores el proyecto de modificación estructural en los términos y forma que exige el art. 5.6 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

La indicada puesta a disposición se ha realizado, más de un mes antes de la celebración de la Junta, mediante su inserción en la página web de la sociedad (en defecto de web se dirá: «mediante su remisión por vía electrónica al respectivo correo de los interesados que consta comunicado a la sociedad».)

En concreto:

En la sección del informe...

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