Testamento con disposiciones especiales en atención a un legitimario discapacitado

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023




Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Comentario
    • 2.1 Nueva orientación
    • 2.2 Normas civiles
      • 2.2.1 Derecho común
    • 2.3 Normas fiscales
      • 2.3.1 Normativa estatal
      • 2.3.2 Territorios regidos por la legislación civil común, pero con normas propias
      • 2.3.3 Territorios regidos por legislación civil especial
    • 2.4 Otras normas
    • 2.5 Testamento especiales
  • 3 Legislación citada
  • 4 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

NÚMERO *

En *, a las * horas del día * de dos mil *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *.

COMPARECE:

DON/ÑA *, mayor de edad, casado/a, vecino/a de * con domicilio en *. Exhibe D.N.I. *, vigente.

De vecindad civil común.

Le conozco (u otro medio de identificación) .

(Juicio de capacidad: opciones)

  • A mi juicio el/la compareciente tiene aptitud mental y ejerce su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar Testamento Abierto.
  • Le juzgo con aptitud mental y capacidad para el otorgamiento de Testamento Abierto.
  • Le juzgo con aptitud mental y capacidad plena, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar Testamento Abierto.

(En todo caso:)

Yo, el Notario, tras haber mantenido conversación con el/la compareciente y haberle prestado el debido asesoramiento, considero que ha podido desarrollar su propio proceso de toma de decisiones, me manifiesta, y así lo estimo, que su voluntad se ha conformado libremente y me expresa de forma oral su deseo de otorgar este Testamento abierto que redacto siguiendo sus instrucciones de conformidad con las siguientes CLÁUSULAS:

PRIMERA: Declara que es natural de *, donde nació el día *; hijo de los consortes *y * (difuntos), casado con Doña *, de cuyo matrimonio, único contraído, tiene tres hijos llamados * y *.

SEGUNDA: Lega a su esposa Doña * .

TERCERA (Varias opciones como las siguientes):

a).- Nombra e instituye herederos universales a sus tres hijos, A, B y C, pero en atención a que el hijo C es discapacitado le establece una sustitución fideicomisaria a favor de los otros hijos del testador con sustitución vulgar a favor de sus respectivos descendientes por estirpes.

b).- Nombra heredero al hijo A y lega el tercio de legítima y el tercio de mejora a sus hijos B y C, pero en atención a que el hijo C es discapacitado le establece una sustitución fideicomisaria a favor del hijo B, con sustitución vulgar a favor de sus descendientes por estirpes.

c).- Idem solo en relación a la legítima estricta u otras variantes que se estimen pertinentes.

CUARTA: Revoca cualquier otra disposición de última voluntad otorgada con anterioridad a este Testamento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente al (a la) compareciente que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.

Le leo este Testamento íntegramente, en alta e inteligible voz y en un solo acto, previa advertencia que le hice de su derecho a leerlo por sí, del que no usa y, enterado/a, lo otorga por ser fiel expresión de su voluntad y lo firma conmigo, el Notario.

De todo lo cual, de conocerle, de haberse observado la unidad de acto, de que el consentimiento ha sido libremente prestado teniendo el otorgante, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del testador /de la testadora/ y de las demás formalidades legales y, en lo pertinente, del contenido del presente instrumento público extendido en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo), cuya expresión informática queda incorporada con la misma fecha y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico, yo, el Notario autorizante, DOY FE.



(PROTOCOLO ELECTRÓNICO)

DILIGENCIA DE INCORPORACIÓN Y DE COTEJO DEL DOCUMENTO N* /.

En el mismo día de hoy, * de *, del *, doy fe de haber realizado la íntegra incorporación de esta matriz al protocolo electrónico y de su concordancia con el protocolo en soporte papel, con lo cual doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.


DILIGENCIA DE DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO Nº */

En el día de hoy, * de * de * deposito con firma electrónica cualificada esta matriz en la sede electrónica del Consejo General del Notario, que me devuelve el hash * correspondiente a la matriz (algoritmo *), con lo cual por doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.

Comentario

Puede verse más detalles y enlaces a trabajos doctrinales sobre Testamentos en la Obra del mismo autor «Práctico Sucesiones» y, en especial, están relacionados con este formulario los temas:

Nueva orientación

Existe una fuerte corriente doctrinal y también una firme voluntad política de encontrar soluciones para el caso de las personas discapacitadas, es decir las que tienen una importante disminución física o psíquica.

La sensibilidad social ha motivado que las legislaciones estatal y las autonómicas establecieran determinados beneficios fiscales cuando están interesados en una herencia personas con minusvalía.

Pero además en el ámbito civil y para el derecho común, el legislador se ha planteado determinadas soluciones que regulan esta situación especial de...

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