Alegaciones sobre cumplimiento requisitos ante el incumplimiento de los requisitos establecidos para la interposición del recurso de casación (vigente desde el 22 de julio de 2016)

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Actualizado aAgosto 2016

Escrito conforme a la nueva regulación dada por la LO 7/2015 , de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Este escrito se aplica desde el 22 de julio de 2016.

A LA SALA DE LA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPREMO

D./Dña .... Procurador/a de los Tribunales, en la representación que acredito de D./Dña ...., con DNI ....., en el recurso de casación nº .... que se interpuso contra ......, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ....... me ha sido notificada la ....... (Providencia o Diligencia de Ordenación) de fecha ....... en cuya parte dispositiva se acuerda oír a esta parte recurrente sobre el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos exigidos respecto al escrito de interposición por el artículo 92.3 LJCA .

Que, evacuando en tiempo y forma el traslado conferido, por medio del presente escrito formula las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- Cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 92.3 LJCA.

Es el artículo 92.3 LJCA el que establece los requisitos del escrito de interposición. Al respecto, esta parte entiende que se ha cumplido el citado precepto por cuanto ......

SEGUNDA.-.....

TERCERA.-

En su virtud,

A LA SALA SUPLICO: Que tenga por presentado este escrito, con sus copias, y, de conformidad con el artículo 92.4 de la Ley de la Jurisdicción, tras los trámites legales oportunos, acuerde dar traslado del escrito de interposición a la parte o partes recurridas y personadas para que puedan oponerse al recurso en el plazo común de treinta días, tal como establece el artículo 92.5 LJCA.

Es justo en ...... (Lugar y fecha).

Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.

COMENTARIO

La LJCA 29/1998 dedica sus artículos 86 a 93 al recurso de casación.

El artículo 92 LJCA señala:

  1. Admitido el recurso, el Letrado de la Administración de Justicia de la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo dictará diligencia de ordenación en la que dispondrá remitir las actuaciones a la Sección de dicha Sala competente para su tramitación y decisión y en la que hará saber a la parte recurrente que dispone de un plazo de treinta días, a contar desde la notificación de aquélla, para presentar en la Secretaría de esa Sección competente el escrito de interposición del recurso de casación. Durante este plazo, las actuaciones procesales y el expediente administrativo...

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