Resumen
Interpuesto el recurso o trasladado el acuerdo suspendido, el Secretario judicial requerirá a la corporación o entidad que lo hubiera dictado para que en el plazo de diez días remita el expediente administrativo, alegue lo que estime conveniente en defensa de aquél y notifique a cuantos tuvieran interés legítimo en su mantenimiento o anulación la existencia del procedimiento, a efectos de su comparecencia ante el órgano jurisdiccional en el plazo de diez días.
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Extracto
Alegaciones de la Corporación Local
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ....
(según corresponda).D./Dña ....... Letrado de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de ......, en la representación legal que me está conferida, a la S...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 127
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