Resumen
Normas a aplicar cuando el testador es ciego, sordo, sordomudo, no sabe o no puede firmar o no conoce el idioma oficial.
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Extracto
Testamentos especiales en Cataluña por la situación personal del testador
FORMULAS EN LOS TESTAMENTOS:
I.- NORMAS APLICABLES DEL «CODI CIVIL DE CATALUNYA»: Artículo 421-8. «Testamento otorgado por una persona con discapacidad sensorial. Si el testador es ciego, sordo, mudo o sordomudo o por cualquiera otra razón es sensorialmente discapacitado, el notario debe seguir lo que la legislación notarial establece para estos casos». Artículo 421-10. Testigos. «1.- En el otorgamiento del testamento notarial, no es precisa la intervención de testigos, salvo que concurran circunstancias especiales en el testador o que este o el notario lo soliciten. 2. -Concurren circunstan...Ver el contenido completo de este documento
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